*** ¿Cumple sí o no Con el Artículo 127 de la Constitución?
*** Ministros -Ganan- Más Que el Presidente
*** Se Pasan Por el ‘Arco del Triunfo’: la Ley Máxima
Por Luis J. ENRÍQUEZ / The UNIVERSE News / EL UNIVERSO.
Ciudad de México.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) contestó a la carta que le entregó la Secretaría de Gobernación (Segob) donde le pedía aclarar: si cumplen con el artículo 127 de la Constitución. El cual establece que ningún funcionario puede ganar más que el Presidente de la República.
En un escrito de la Secretaría General de Acuerdo de la SCJN, dirigido a la titular de la Segob, Luisa María Alcalde Luján, el máximo tribunal subraya que: “las percepciones que reciben los ministros -no pueden ser diferenciadas, ni pueden ser disminuidas- por actos provenientes de otros poderes”.
Aclara: sin embargo que, desde 2019, la SCJN decidió motu proprio disminuir en un 25 por ciento las percepciones de sus ministros.
Agrega que, además, el Pleno de Ministros se pronunció sobre los alcances del artículo 127 constitucional al resolver las acciones de inconstitucionalidad 105/2018 y 108/2018.
Donde estableció que el sueldo presidencial, como parámetro para medir las percepciones de todos los funcionarios públicos, debe incluir otras prestaciones que recibe el Jefe del Ejecutivo Federal, como son alimentación, transporte, habitación, menaje de casa, seguridad y servicios de salud, entre otros.
También, la SCJN señala que las percepciones de los ministros son publicadas todos los años en el Diario Oficial de la Federación (DOF), donde se estableció que para 2023 su sueldo mensual es de 206 mil 948 pesos menos impuestos.
De acuerdo a el Manual de Percepciones de los Servidores Públicos, también publicado en el DOF, el sueldo mensual del Presidente de la República es de 157 mil 658 pesos, menos impuestos.