*** TEPJF -Cancela Candidatura- al Panista
Por Virgilio SANDOVAL / The UNIVERSE News / EL UNIVERSO.
Ciudad de México.- La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) canceló la candidatura plurinominal de Francisco Javier García Cabeza de Vaca, exgobernador panista de Tamaulipas, a la Cámara de Diputados, por estar prófugo de la justicia.
Por mayoría de votos, los magistrados aprobaron el proyecto de la magistrada Janine Otálora en el que concluyó que Cabeza de Vaca no es elegible para una diputación federal, por tener sus derechos político-electorales suspendidos.
Derivado de tener dos órdenes de aprehensión vigentes por los delitos de delincuencia organizada y operaciones con recursos de procedencia ilícita, tal y como denunció Morena en la impugnación que presentó contra el registro del exmandatario.
Al exponer su proyecto, la magistrada Otálora indicó que el ex gobernador de Tamaulipas está sustraído de la justicia, porque las autoridades han intentado capturarlo sin éxito.
“En el expediente hay constancias de las que se advierte que ciertos órganos del estado han realizado diligencias para ejecutar las órdenes de aprehensión sin éxito alguno. Lo que pone en evidencia que el candidato se ha sustraído a la acción de la justicia”.
“En efecto obra también en el expediente la constancia de que existe una ficha roja de la Interpol lo que también viene a confirmar este criterio”, dijo .
El magistrado Reyes Rodríguez Mondragón fue el único que votó en contra de cancelar la candidatura de Cabeza de Vaca, pues aseguró que el exgobernador de Tamaulipas no está prófugo de la justicia, ya que tiene dos amparos vigentes en contra de las órdenes de aprehensión.
En ninguna circunstancia la simple emisión de una órden de aprehensión resulta suficiente para suspender en automático los derechos político electorales de una persona imputada, que se requiere una declaración judicial aseveró la magistrada Otálora.
Al respecto, la magistrada Otálora afirmó que las suspensiones que ha obtenido el exmandatario de Tamaulipas tienen el único efecto de que “el candidato no pueda ser privado de su libertad, pero en ningún momento tiene como efecto invalidar la existencia o vigencia de los actos de origen”.